C. DIRECTIVO

Como instancia directiva de participación de la comunidad educativa y de orientación académica y administrativa de la institución educativa, está integrado por:
El Rector quien lo convoca y preside ordinariamente una vez por mes y extraordinariamente cuando se considere conveniente.
Dos representantes del personal docente, uno del nivel de Básica Primaria y otro de Básica Secundaria y Media, elegidos por la mayoría de los votantes en asamblea general de docentes.
Dos representantes de los padres de familia, uno elegido por la junta directiva de la Asociación de padres y otro elegido por el Concejo de Padres de Familia.
Un Representante de los estudiantes elegido por el Concejo de estudiantes, entre los alumnos que se encuentren cursando el último grado que ofrece la institución educativa.
Un Representante de los Exalumnos elegido por el Concejo Directivo, de una terna presentada por la organización que aglutina la mayoría de los egresados o en su defecto, por quien haya ejercido en el año inmediatamente anterior el cargo de representante de los estudiantes.
Un representante de los sectores productivos, organizados en el ámbito local o de las entidades de carácter social que auspicien y patrocinen el funcionamiento del establecimiento educativo. El representante lo escoge el Concejo Directivo de candidatos propuestos por las mismas organizaciones.
1. Funciones del Concejo Directivo

Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la Institución, excepto las que sean competencia de otra autoridad.
Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre los docentes y administrativos con los alumnos de la institución educativa y después de haber agotado los procedimientos previstos en el Reglamento o Manual de Convivencia.
Adoptar el Manual de Convivencia y el Reglamento de la Institución.
Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión de nuevos alumnos.

Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la Comunidad Educativa, cuando alguno de los miembros se sienta lesionado.
Aprobar el Plan anual de actualización académica del personal docente presentado por el Rector.
Participar en la Planeación y Evaluación del Proyecto Educativo Institucional, del Currículo y del Plan de Estudios y someterlos a la consideración de la Secretaría de Educación respectiva o del organismo que haga sus veces, para que verifiquen el cumplimiento de los requisitos en la Ley y los Reglamentos.
Estimular y controlar el buen funcionamiento de la Institución Educativa.
Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del alumno que han de incorporarse al Reglamento o Manual de Convivencia. En ningún caso pueden ser contrarios a la dignidad del estudiante.
Participar en la evaluación de los docentes, directivos docentes y personal administrativo de la Institución.
Recomendar criterios de participación de la Institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas.
Establecer el procedimiento para permitir el uso de instalaciones en la realización de actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales de la respectiva comunidad educativa.
Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural en otras Instituciones Educativas y la conformación de organizaciones juveniles.
Fomentar la conformación de Asociaciones de Padres de Familia y de Estudiantes.

Reglamentar los procesos electorales previstos en el Decreto 1860.


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